Tras varias consultas que nos hacéis llegar sobre las comunicaciones de los trabajadores a la empresa sobre el uso y disfrute de los días de ASUNTOS PROPIOS, estamos detectando que la empresa esta actuando de forma unilateral alegando un supuesto acuerdo entre trabajadores y empresa, ante esto tenemos que informaros que:
NO HAY NINGÚN ACUERDO ENTRE EMPRESA Y TRABAJADORES SOBRE LOS ASUNTOS PROPIOS.
A continuación informamos de lo que marca el convenio al que estamos sujetos los trabajadores de la empresa.
Articulo 21 Permisos retribuidos.
F) Los trabajadores devengarán dos días de asuntos propios al año, que se disfrutarán, previo aviso por escrito a la empresa
de al menos 15 días, dentro del mismo año, no siendo acumulables entre sí, ni a festivos ni a vacaciones.
COMO PODÉIS COMPROBAR EL CONVENIO LO DEJA MUY CLARO NO HAY NADA MÁS, SOLO REITERAMOS LO QUE YA VENIMOS INFORMANDO.
TODAS LAS PETICIONES Y COMUNICACIONES TANTO DE VACACIONES, ASUNTOS PROPIOS ETC DEBEN DE HACERSE POR ESCRITO Y DUPLICADO, ENTREGARLO EN LA EMPRESA Y QUE OS DEN UNA COPIA FIRMADA Y/O SELLADA.
TODO AQUEL COMPAÑERO QUE LE HAYA SIDO DENEGADO UN DÍA DE ASUNTOS PROPIOS, PEDID LA CONTESTACIÓN POR ESCRITO Y NOS LO HACÉIS LLEGAR PARA PODER ACTUAR.